Ciudadanía italiana para bisnietos y tataranietos
Qué está pasando con los juicios que cuestionan la Ley 74 de 2025
Dott.ssa Maria Daniela Terrile| Ciudadania Italiana Express
15 de octubre de 2026
En los juicios de ciudadanía italiana de bisnietos, tataranietos y descendientes más lejanos estamos viendo respuestas diferentes de los tribunales. Este artículo se centra en quienes presentaron o evalúan presentar su demanda después del 27 de marzo de 2025 y no encuadran en las excepciones de la reforma. En esos casos, la discusión incluye la aplicación de las nuevas restricciones y los argumentos para cuestionar su constitucionalidad o su compatibilidad con el derecho europeo. 1
Estos juicios se presentan ante el tribunal ordinario competente para solicitar el reconocimiento de la ciudadanía italiana. El juez puede dictar una sentencia favorable, rechazar la demanda o remitir una cuestión a la Corte Constitucional. La remisión no es automática: procede cuando la cuestión es relevante para resolver el caso y no es manifiestamente infundada. 6
Desde nuestra experiencia profesional, algunos jueces dictan sentencias favorables al valorar pruebas de que los solicitantes ya habían realizado gestiones concretas antes de la reforma para obtener el reconocimiento. Otros adoptan una interpretación más restrictiva. Por eso, dos personas con antepasados italianos y dificultades consulares aparentemente similares pueden recibir decisiones diferentes.
Conviene conservar correos a los consulados, respuestas, constancias de intentos de obtener turno y otros documentos con fechas verificables. Estas pruebas permiten reconstruir lo ocurrido y fundamentar la posición del solicitante. La mera intención no es una excepción legal automática, y una gestión previa tampoco equivale necesariamente a una solicitud presentada en los términos exigidos por la ley. 1
En los expedientes de nuestro estudio, Ancona pasó de un 100% de sentencias favorables en los asuntos anteriores al 27 de marzo de 2025 a rechazar las demandas posteriores que cuestionan la reforma. En estos casos, resulta necesario preparar la defensa en apelación.
En cambio, hemos obtenido sentencias favorables en Palermo, Caltanissetta, Génova y Brescia en demandas presentadas después del 27 de marzo de 2025 y respaldadas por pruebas documentales. Las diferencias en los resultados responden a los criterios de interpretación y valoración de las pruebas de cada tribunal y cada juez. En Ciudadania Italiana Express analizamos siempre cada caso y preparamos cuidadosamente la demanda y la documentación de cada familia.
Otros tribunales están optando, en determinados expedientes, por aplazar las audiencias y no dictar sentencia todavía, a la espera de los pronunciamientos sobre la reforma. En una resolución de Catanzaro relativa a la incorporación de menores al proceso después de la entrada en vigor de la Ley 74/2025, el juez dispuso que la causa volviera a la fase de tramitación, a la espera de la decisión de la Corte Constitucional. La decisión sobre el reconocimiento queda pendiente, prolongando la espera de las familias. 7
El debate también llegó a las instancias superiores. La Corte Constitucional, mediante la sentencia 63/2026, rechazó parte de los cuestionamientos a la reforma y declaró inadmisibles otros. Dejó sin resolver en esa decisión la diferencia entre quienes habían recibido turno y quienes habían iniciado el procedimiento sin obtenerlo dentro del plazo. Después, con la ordenanza 147/2026, remitió a la Corte de Justicia de la Unión Europea una cuestión sobre las restricciones y la ciudadanía europea. Ese envío no anula por sí solo la reforma ni garantiza el resultado de los juicios. 2,3
Después de una sentencia favorable, el siguiente paso es comprobar si el Ministerio del Interior presenta una apelación dentro del plazo legal. En algunos de nuestros casos, el Ministerio ha apelado; en otros, no lo ha hecho. Si se interpone una apelación, la defensa continúa ante la Corte de Apelación. Cuando vencen los plazos sin impugnaciones que impidan la firmeza, puede solicitarse el certificado de passaggio in giudicato, que acredita que la sentencia ha quedado firme. 5
La determinación del tribunal competente requiere revisar la residencia del solicitante y el municipio de nacimiento del antepasado italiano. Para los residentes en el extranjero, la ley toma como referencia el municipio de nacimiento del padre, la madre o el antepasado italiano. Para quienes tienen su dimora en Italia, debe examinarse la competencia de la sección especializada correspondiente al lugar donde viven. La posibilidad de acudir a un tribunal distinto debe verificarse en el expediente concreto. 4
Por eso es fundamental presentar una demanda bien estructurada: acreditar la descendencia y la continuidad de la ciudadanía, identificar la normativa aplicable y formular los cuestionamientos jurídicos que correspondan. Cuando existen pruebas de gestiones anteriores a la reforma, deben incorporarse de manera ordenada. También es necesario explicar desde el inicio la posibilidad de una decisión desfavorable o de una apelación, incluso después de ganar en primera instancia.
Ha pasado más de un año y medio desde el llamado Decreto Tajani, posteriormente convertido en la Ley 74/2025. Este tiempo nos ha permitido observar cómo responden los tribunales y qué criterios aplica cada juez. Aunque el desenlace de estas controversias sigue siendo incierto, las decisiones de estos meses nos dan un panorama más concreto para definir cómo actuar en cada expediente.
En Ciudadania Italiana Express analizamos con rigor cada caso y evaluamos las posibilidades de obtener una sentencia favorable. Si tu carpeta presenta riesgos importantes, si las pruebas son insuficientes o si la documentación no cumple los requisitos del procedimiento, te lo decimos con claridad antes de avanzar. Te explicamos qué puede completarse y cuándo consideramos que no es prudente iniciar el juicio.
Cada caso que asumimos representa una responsabilidad profesional y un compromiso con la persona y la familia que confían en nosotros. Trabajamos para ganar los juicios y lograr el reconocimiento de su ciudadanía, poniendo en cada expediente todo nuestro esfuerzo y experiencia. Ese compromiso empieza por una evaluación honesta de las posibilidades reales del caso.
Si querés que evaluemos tu caso, contactanos. Revisamos tu carpeta y te damos una devolución clara y personalizada sobre las posibilidades de avanzar, la documentación que necesitás completar y los próximos pasos.
Fuentes consultadas
1. Decreto Ley 36/2025 convertido por la Ley 74/2025, artículo 1 y artículo 3-bis de la Ley 91/1992
2. Corte Constitucional, sentencia 63/2026, apartado 9.1 y fallo
3. Corte Constitucional, ordenanza 147/2026, cuestión remitida a la Justicia europea
4. Decreto Ley 13/2017, artículo 4.5, modificado por la Ley 206/2021, artículo 1.36
7. Tribunal de Catanzaro, extracto de resolución facilitado por la autora sobre la intervención de menores posterior a la Ley 74/2025